14 de julio de 2025

OIL & GAS

OIL & GAS. YPF: la jueza Loretta Preska rechazó pedido de la Argentina y ratificó el traspaso del 51% de acciones

La jueza federal de Nueva York, Loretta Preska, desestimó un pedido de Argentina para frenar temporalmente la ejecución de la sentencia que ordena transferir el 51% de las acciones de YPF a los fondos demandantes. La medida mantiene vigente la orden original, a pesar de que varias instancias judiciales -incluida una apelación en marcha- aún podrían demorar la decisión final.

El fallo en cuestión, que plantea la entrega de las acciones y el pago de USD 16.099 millones, se enmarca en el juicio por la expropiación de YPF en 2012. Argentina ya presentó un recurso ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito, con la idea de eventualmente llegar a la Corte Suprema de Estados Unidos, un proceso que puede tomar hasta dos años.

La estrategia legal argentina se basa en argumentos sólidos según derecho estadounidense y la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA), además de invocar la intervención del Departamento de Justicia de EE.UU. Sin embargo, la jueza Preska desestimó la petición de "stay" para suspender la ejecución provisional.

Mientras tanto, se espera una reunión clave el 15 de julio en Nueva York, en la que representantes de ambos bandos podrían buscar un acuerdo o definición que permita desbloquear la situación.

YPF no interviene directamente en el juicio: se encuentra al margen del proceso. La resolución recae únicamente sobre el Estado argentino, que deberá afrontar las consecuencias legales y económicas del fallo.

El rechazo de Preska impacta en dos frentes: sostiene la ejecución del embargo de acciones y mantiene la presión legal mientras avanza la apelación. Un fallo adverso dejaría a Argentina expuesta a posibles embargos sobre activos estatales en EE.?UU. incluso antes de que se agoten las vías judiciales.

Argentina aduce que el cumplimiento del fallo violaría su Constitución -ya que la entrega de acciones debería ser aprobada por ley con mayoría agravada- y pone en evidencia cuestiones jurídicas inéditas en materia de soberanía y jurisdicción extranjera.

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